¿Piensas viajar en coche al extranjero?
Dada la situación extraordinaria que hemos vivido con el COVID-19, hay quien se plantea viajar este verano al extranjero utilizando como medio de transporte el coche, lo que evita el contacto físico con otras personas de los vuelos u otros medios de transporte multitudinarios. Ahora bien, ¿se podrá viajar libremente por Europa este verano? ¿Habrá que pasar un periodo de cuarentena? Va a ser importante tener en cuenta esto último, ya que podemos encontrarnos que nuestras ansiadas vacaciones pueden pasar encerrados en un hotel, por lo que va a ser recomendable informarse anteriormente de las condiciones de entrada al lugar al que nos queramos desplazar.
Sin olvidar, que, para salir del país, aun en circunstancias ordinarias. hay que tener en cuenta ciertas condiciones para que en caso de accidente estemos libres de preocupaciones porque nuestro seguro nos va a cubrir cualquier siniestro.
¿Se reabrirán las fronteras terrestres?
Según la Orden SND/521/2020, de 13 de junio, por la que se prorrogan los criterios para la aplicación de una restricción temporal de viajes no imprescindibles desde terceros países a la Unión Europea y países asociados Schengen por razones de orden público y salud pública con motivo de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, la apertura de fronteras se retrasará hasta el 30 de junio, por lo que el 1 de julio, será la fecha en que la se permitirá la salida por carretera hacia países limítrofes.
De todas formas, debemos mantenernos al tanto, en función del país al que pretendamos desplazarnos, si va a ser o no obligatorio el aislamiento en cuarentena una vez se han cruzado las fronteras a dicho territorio.
Como ya hemos comentado, debemos tener en cuenta que siempre que salgamos al extranjero en un vehículo propio o alquilado debemos disponer de cierta documentación para viajar tranquilos, como es, la denominada carta verde.
¿Qué es la Carta Verde?
Es el certificado internacional que acredita que un vehículo y su conductor dispone de las coberturas exigidas por la Ley de Responsabilidad Civil de Vehículos a Motor del país donde se produzca el siniestro, y se encuentra regulado en Directiva 2009/103/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de septiembre de 2009, relativa al seguro de la responsabilidad civil que resulta de la circulación de vehículos automóviles, así como al control de la obligación de asegurar esta responsabilidad (SP/LEG/5703).
Este documento va a ser válido en cualquier país del Espacio Económico Europeo, y en una decena más: Alemania, Andorra, Austria, Bélgica, República Checa, Chipre, Croacia, Dinamarca, Eslovenia, República Eslovaca, Estonia, España, Finlandia, Francia, Gran Bretaña, Grecia, Holanda, Hungría, Irlanda, Islandia, Italia, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Polonia, Portugal, Suecia y Suiza.
Es importante saber, que la Carta Verde no ofrece cobertura de seguro específica en sí misma, simplemente, es una credencial que certifica la existencia de un seguro de Responsabilidad Civil y que garantiza, al menos, las coberturas obligatorias del país visitado adherido a este sistema.
Responsabilidad civil por falta de medios, fallo asistencial o contagio hospitalario
¿Es obligatorio llevarla en el coche?
Por ley, una póliza emitida en un Estado miembro de la Unión Europea garantiza la cobertura mínima de seguro requerida por ley en otro Estado miembro, por lo que un vehículo asegurado en España no tiene obligación de portarla físicamente. Es suficiente con acreditar mediante la póliza o recibo bancario que se dispone del seguro vigente
Si no se dispone de esta, basta con solicitarla a nuestra aseguradora, ya que en algunos países es obligatoria como, en Albania, Bosnia y Herzegovina, Bielorrusia, Irán, Israel, Marruecos, Moldavia, Montenegro, Rusia, Serbia, Túnez, Turquía, Ucrania y Yugoslavia. Y pueden denegar la entrada en caso de no poder mostrarla.
¿Cómo se solicita?
A través de nuestra aseguradora, en función de esta, este trámite se podrá hacer de forma telemática siendo siempre gratuito o mediante los que nos permita nuestra compañía.
Sin embargo, a partir del 1 de abril de 2021 se solicitarán obligatoriamente a través de una plataforma que han creado las aseguradoras para ello, y se generará en formato pdf y se enviará para que cada asegurado lo imprima en blanco y negro, ya no tendrá que ser verde.
Este cambio tendrá efectos en la gestión de siniestros sobre todo para OFESAUTO, que contará con un registro centralizado único que le permitirá consultar que entidad ha emitido la carta.
¿Qué es OFESAUTO?
Es la Oficina Española de Aseguradoras de Automóviles, encargada de tramitar la Carta Verde. Es, según lo dispuesto en la Orden EIC/764/2017, de 26 de julio, (SP/LEG/22399) “una asociación sin ánimo de lucro que agrupa a todas las entidades aseguradoras autorizadas para operar en España en el ramo de seguro de responsabilidad civil de vehículos terrestres automóviles y al Consorcio de Compensación de Seguros”.
Todos los países adheridos al Sistema de Carta Verde cuentan con una Oficina Nacional de Seguro, cuyo nombre y dirección aparece en el reverso de la misma.
Tiene tres funciones básicas:
- Oficina nacional de seguro
- Organismo de indemnización
- Designación de los representantes de las aseguradoras extranjeras
Por ello es la encargada de tramitar los siniestros por los accidentes causados en otros países por vehículos con estacionamiento habitual en España, o asegurados igualmente España. Esto supondrá que en algunas ocasiones anticipará el abono de las indemnizaciones a los perjudicados.
Para que intervenga la función indemnizatoria de OFESAUTO deben concurrir tres circunstancias:
1) Que el perjudicado tenga su residencia habitual en España,
2) Que el país donde se haya producido el siniestro forme parte del Espacio Económico Europeo o sea un tercer país adherido al sistema de la carta verde y
3) Que el causante del siniestro sea un vehículo que tenga su estacionamiento habitual y estén asegurado en otro Estado del Espacio Económico Europeo distinto de España.
Su función indemnizatoria es subsidiaria, solo funciona si la entidad aseguradora extranjera no cumple con sus obligaciones resarcitorias.
¿Qué pasa si tengo un siniestro en el extranjero?
Ocurrido en un País que se encuentre adherido al sistema de la carta verde, habrá que dirigirse a la oficina del representante en España del seguro obligatorio del otro vehículo que ha participado en el siniestro. Si en el plazo de tres meses, no se ha obtenido respuesta o no está suficientemente motivada, será cuando se deberá reclamar directamente a OFESAUTO.
También, en aquellos casos en los que no dispongamos de los datos de la entidad aseguradora del vehículo extranjero. Siendo esto una ventaja puesto que vas a poder realizar la reclamación en tu propio idioma.
Así que, si pretendes viajar al extranjero utilizando tu vehículo estas vacaciones, es importante que sepas si en el lugar al que vas a trasladarte es o no necesario disponer de la carta verde, y además a quién dirigirte si resultas perjudicado por un siniestro de tráfico.
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