Las restricciones de entrada en algunas dependencias de los órganos judiciales a Abogados y Procuradores carecen de amparo normativo

En Sepín, desde la finalización de las medidas restrictivas de acceso a los Tribunales, ocasionadas por la pandemia, hemos recibido quejas de muchos compañeros sobre las restricciones de acceso que muchos Juzgados de Madrid y de otras partes del territorio nacional seguían manteniendo a Abogados y Procuradores para acceder a los distintos órganos judiciales.

Por eso compartimos la noticia del Ilustre Colegio de la Abogacía Madrileña y nos congratulamos de que la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid haya procedido a atender dichas quejas y en Acuerdo de 19 de julio de 2022 señale:

«Participar, con difusión general, que tales medidas de restricción carecen de amparo normativo o reglamentario. Ni se contemplaba en el artículo 18 de la Ley 3/2020, de 18 de septiembre, de medidas procesales y organizativas para hacer frente al Covid-19 en el ámbito de la Administración de Justicia, ni figura ya tampoco en la Tercera Actualización de la Guía de Buenas prácticas y adopción de medidas de Salud Profesional aprobada por Acuerdo de 12 de agosto de 2021, de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, al haberse suprimido la mención a “profesionales” en el apartado VIII-4

Esperamos se hagan eco de esta iniciativa otras Salas de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia de nuestro territorio y se ponga fin a esta práctica que va en detrimento de la Justicia.

¡Enhorabuena al Colegio de Abogados de Madrid y a otros Colegios de Abogados y Procuradores de España! Por la defensa del ejercicio de forma digna y efectiva de nuestra profesión que, en el fondo, es la de los los derechos de los ciudadanos a los cuales nos debemos.