¿Jugamos a los médicos y a los «sin papeles»?

Comienza septiembre y si fuera una inmigrante sin papeles en España tendría una doble preocupación de ponerme enferma.

 De momento estaría dentro del grupo de más de 153.000 personas que a fecha de hoy ya no tendría tarjeta sanitaria, se dice que tendría que firmar un Convenio con la Administración, una especie de seguro de 710€, bastante más del doble si fuera mayor de 65 años, pero no sé muy bien, pues también se dice que estas pólizas no están pensadas para los inmigrantes irregulares sino para aquellos ciudadanos extranjeros con recursos que establecen su residencia en España para ser atendidos por el SNS, el llamado turismo sanitario, que está siendo un negocio más que lucrativo para algunas empresas privadas, como no, que ofrecen coberturas similares a un precio más asequible.

 Y esta incertidumbre se acentúa porque no se si ponerme mala en Madrid, La Rioja o Andalucía. Las Comunidades Autónomas pueden ampliar los servicios mínimos que garantiza el RD-ley 16/2012, de 20 de abril, de medidas urgentes para garantizar la sostenibilidad del SNS y mejorar la calidad y seguridad de sus prestaciones, eso si, sin tarjeta sanitaria, porque ya no tendría derecho a tenerla. Sepín ya publicó una noticia al respecto  que comparaba la redacción anterior y la vigente y sus novedades, documento al que puede acceder desde aquí.

 La regla general es que una vez atendida, y en caso de no tener una tarjeta sanitaria, me harán una factura con lo que ha costado mi atención, y se le pasará a mi país de origen en caso de que haya convenio de colaboración bilateral con España. Si esta vía no prosperase y me declarase sin recursos, mi deuda quedará registrada. Me tranquilizaría saber que no se me estigmatizará aun más pasándome a una lista de morosos y que podré pagarla si continúo viviendo en España, tengo trabajo y ya soy legal.

 Sé que Comunidades como Cataluña crearán una tarjeta alternativa, con el cumplimiento de determinados requisitos, aún por precisar, aunque entre ellos figurará el empadronamiento mínimo de tres meses, y en Andalucía, Canarias, Asturias y País Vasco continuarán con el mismo protocolo que han aplicado hasta ahora. Si residiera en Galicia tendría un programa de protección social para mantener la asistencia sanitaria, pero si lo hiciera en Castilla y León se que intentarán cobrar la factura de la asistencia a mi país de origen,  antes de que me facturasen el coste; algo que hará sin dilaciones o al menos «intentará» La Rioja, bien después de la consulta o a través de un seguro.

 La Organización Mundial de la Salud tiene establecido como principio desde el año 1978 garantizar que todas las personas tengan acceso a una atención de salud de calidad.

Comienza septiembre y recuerdo cuando empecé mis estudios de Derecho. Muy atentamente escuchaba a mi profesor de Derecho Constitucional hablar de nuestra Constitución, de sus principios rectores, la igualdad entre ellos, y además ese artículo 9.3 que nunca se me olvidará que garantizaba una lista de principios, como la seguridad jurídica.

 ¿Se deben considerar estas medidas al límite de su constitucionalidad?