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El Plan Anual de Control Tributario y Aduanero 2022 en el pequeño comercio

Escrito por Samuel de Huerta Hernández | 03 de febrero de 2022 - 08:01

 

 

El BOE núm. 26, de 31 de enero de 2022 publica el nuevo Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para el ejercicio del 2022, en el que adelantamos incluye medidas tan llamativas como la investigación de negocios o sectores en los que el uso de efectivo es intensivo y el único medio de pago, pese a su utilización dentro de las limitaciones cuantitativas establecidas, y el control de los software de las cajas registradoras, para evitar el uso de programas que permitan la ocultación de operaciones y faciliten el fraude fiscal.

Independientemente a los anteriores, la Agencia Tributaria profundizará en el ejercicio 2022 en los ámbitos de (a) facilitar información y asistencia a los contribuyentes mediante la completa implantación de la denominada asistencia digital; (b) fomentando del cumplimiento voluntario y prevención del fraude, mediante el empleo efectivo de los censos fiscales; (c)  investigando la existencia de posibles comportamientos defraudatorios en el ámbito de nuevos negocios y economías digitales; (d) estableciendo medidas para el cobro efectivo de las deuda mediante mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio y; (e) mejorando la colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las Comunidades Autónomas.

  • Medidas relacionadas con la información y prestación de asistencia a los contribuyentes

En este punto destacan los esfuerzos que se dedicarán en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, mediante la creación de un Asistente virtual, la puesta a  disposición de la información sobre la Declaración Informativa trimestral del modelo 179 para confeccionar su declaración anual por los contribuyentes que realicen la actividad de cesión de uso de viviendas con fines turísticos y, a partir del primer trimestre de 2022, se ofrecerá a los contribuyentes no obligados a SII la posibilidad de confeccionar su modelo 303 automáticamente a partir de la información contenida en sus libros registro, como en el Impuesto sobre Sociedades, ofreciendo en el ejercicio 2022 el cálculo de las Bases Imponibles Negativas pendientes de aplicar de acuerdo con las declaraciones presentadas por el contribuyente, y no únicamente el dato consignado en el cuadro de arrastre del modelo 200 del ejercicio 2020 y se habilita la presentación exclusivamente electrónica del modelo de solicitud de inclusión y comunicación de renuncia al sistema de Cuenta Corriente en materia Tributaria. Esta presentación se debe realizar a través de un formulario electrónico normalizado. En el ejercicio 2022 estará disponible el modelo de autoliquidación del gravamen especial sobre beneficios no distribuidos por sociedades anónimas cotizadas de inversión en el mercado inmobiliario.

  • Medidas de prevención y de control de incumplimientos

Sobre este particular, el plan de actuación se centra en la investigación de aquellas sociedades inactivas o con escasa o nula actividad, lo que conllevará la posible revocación del NIF, así como el refuerzo en el área aduanera mediante la comprobación de las mercancías de exportación e importación procedentes de terceros países y el cumplimiento del pago de los derechos de importación.

Los grupos multinacionales, grandes empresas y grupos fiscales ostentarán un mayor nivel de prioridad en las actuaciones de evaluación de los riesgos e incumplimientos fiscales.

Los precios de transferencia y el control de las operaciones vinculadas siguen estando en el punto de investigación de la Inspección.

  • Control de la economía, negocios y actividades económicas internas.

En este punto llama poderosamente la atención que el plan de actuación tributaria para el ejercicio del 2022 intensifique sus actuaciones en sectores y modelos de negocio en los que se aprecie alto riesgo de existencia de economía sumergida, con especial observancia del uso intensivo de efectivo como único medio de pago o por su utilización por encima de las limitaciones cuantitativas legalmente establecidas y se refuerza la lucha contra el uso de sistemas de procesamiento de la información instalados en las cajas registradoras. Pone el foco en comercios o negocios en los que la fuente principal de pagos no se realiza mediante el uso de medios digitales, tarjetas bancarias o similares. La selección de los negocios y para la ejecución del plan y las tareas de investigación se realizará en aquellos comercios con una alta intensidad de consumidores finales.

La economía y el comercio digitales, dada la gran importancia y el crecimiento exponencial de este tipo de negocios hace necesario reforzar las medidas necesarias para garantizar un adecuado control de la actividad económica que se realiza vía comercio electrónico, fomentando el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias de todos los que intervienen en el proceso, y adoptando medidas correctoras en aquellos casos en que no se produzca dicho cumplimiento voluntario.

En el ámbito de las criptomonedas se mantiene para el año 2022 las actuaciones iniciadas en años anteriores relativas a la obtención de información procedente de diversas fuentes relacionadas con las operaciones realizadas con monedas virtuales.

  • Conclusiones

La AEAT fijará, entre otros, esfuerzos en el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero para el 2022 en negocios con ingresos fundamentalmente de caja, en efectivo, de lo que se deduce que pequeños negocios como tahonas de pan, puestos de chuches, quioscos o similares, en los que el “pequeño coste del producto” impone como medio de pago principal el efectivo frente a la tarjeta bancaria los grandes núcleos de investigados en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, lo que al menos para mi genera dudas sobre el objeto y efectividad de la medida en la recaudación fiscal.

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