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Día de Protección de Datos

Escrito por Sandra Gamella Carballo | 29 de enero de 2021 - 09:34
 

Desde el año 2006, cada 28 de enero celebramos el día internacional de la protección de datos personales, fecha en la que debemos recordar los derechos y obligaciones que corresponden tener todos los usuarios digitales, por lo que la Agencia Española de Protección de Datos ha aprovechado la ocasión para presentar el  PACTO DIGITAL PARA LA PROTECCIÓN DE LAS PERSONAS, cuyo objetivo es promover el compromiso firme con la privacidad en las políticas y modelos de negocio de las organizaciones, garantizando la protección de datos en la innovación, la ética y competitividad empresarial.

Dicho pacto, promueve la privacidad como un activo de cualquier organización, ya sea pública o privada, entre sus principios destaca impulsar la transparencia para que los ciudadanos conozcan cuales de sus datos se guardan y con qué objetivo, promover la igualdad de género, la protección infantil y de personas en situación de vulnerabilidad y garantizar el correcto uso de las tecnologías. Cualquier entidad puede adherirse al pacto, comprometiéndose a implantar sus principios y recomendaciones.

El pacto lo componen tres documentos, la carta de adhesión, el compromiso por la responsabilidad en el ámbito digital y el Decálogo de buenas prácticas en privacidad para medios de comunicación y organizaciones con canales de difusión propios.

La Carta de adhesión, compromete a implantar los principios y recomendaciones que se recogen en el Pacto, así como el compromiso de difundir el Canal prioritario (busca frenar la difusión de videos o imágenes de violencia de menores) y/o el resto de las herramientas de la AEPD. El Compromiso por la responsabilidad en el ámbito digital, contiene una declaración de deberes dentro de los que ya impone la normativa, pretendiéndose  que las entidades ajusten sus actuaciones al ámbito digital. En concreto dentro el ámbito digital comprende obligaciones como, Informar a los usuarios sobre el tratamiento de sus datos y el ejercicio de sus derechos, Aplicar los principios relativos al tratamiento, Garantizar la licitud del tratamiento, Designar un Delegado de Protección de Datos (DPD) y Aplicar la privacidad “desde el diseño” y “por defecto”.

En último lugar el Decálogo de buenas prácticas en privacidad para medios de comunicación y organizaciones con canales de difusión propios, donde se pretende luchar contra la conocida como violencia digital en los medios de comunicación. Incluye prácticas como que los adheridos se abstendrán de identificar a las víctimas de la difusión de contenidos sensibles o de publicar información de la que, con carácter general, pudiera inferirse su identidad cuando se trate de personas sin relevancia pública o la repetición sistemática de este tipo de contenidos y advertir de las posibles responsabilidades de su difusión.

Sin duda este tipo de políticas por parte de los poderes públicos y los medios de comunicación (entre otras organizaciones), son esenciales para frenar la violencia digital a la que tristemente estamos cada día más acostumbrados, reforzar los derechos de los ciudadanos en el entorno digital que avanza más rápido que las normas y concienciar de la importantísima necesidad de cuidar el derecho fundamental a la protección de datos y en especial de menores y personas en situaciones vulnerables.

Comentarios a la Ley Orgánica de Protección de Datos y Garantía de Derechos Digitales (en relación con el RGPD)