La Agencia Tributaria en Resolución de 9 de marzo de 2015 ha dado a conocer las directrices básicas del Plan de Control Tributario durante el ejercicio del 2015.
Como principal objetivo, la consideración del fraude fiscal como una conducta de “competencia desleal”, entendida sobre los perjuicios que se infringen a las empresas y particulares que cumplen con sus obligaciones tributarias por aquellas que no lo realizan y que las sitúan en una “peor” posición competitiva.
Como novedades, un nuevo principio de colaboración entre la Agencia Tributaria y la Inspección de Trabajo, la facultad de la primera para el seguimiento y empleo de Internet con el fin de descubrir la existencia de fraudes en alquileres de inmuebles en forma irregular y la percepción de rentas no declaradas. El personal dependiente de Hacienda podrá realizar el seguimiento de ofertas en la web de particulares que ceden total o parcialmente viviendas para su uso y que perciben un alquiler, en forma de rentas irregulares, que no se declara.
Respecto al comercio electrónico, se realizarán seguimiento de aquellas empresas que tengan un especial éxito en sus transacciones de bienes o servicios a través de Internet (redes sociales entre otros) para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica
Por otra parte, se analizará muy especialmente la posible utilización de programas informáticos («software de doble uso») que alteren la facturación real, renumeren tiques y modifiquen los precios o, simplemente, permitan suprimir una parte de la facturación.
En resumen:
Estos comportamientos se consideran especialmente graves, dado que ponen de manifiesto la voluntad expresa y deliberada de defraudar a la Hacienda Pública mediante la infradeclaración de ventas respecto de los niveles reales de facturación, además de suponer una grave alteración de las condiciones generales de competencia.
Para garantizar una mayor efectividad de la acción inspectora, se planificarán actuaciones selectivas coordinadas a nivel nacional al objeto de combatir técnicas de ocultación de la actividad. Especialmente se actuará en relación con contribuyentes que realizan ventas finales al público por las mayores dificultades de contraste que tradicionalmente han tenido estas actividades.
Las actuaciones coordinadas se complementarán con comprobaciones inspectoras convencionales y verificaciones formales en determinados sectores, contribuyendo así a la creación de conciencia entre los contribuyentes sobre la necesidad de desechar estas prácticas.
En 2015, la Agencia Tributaria seguirá potenciando la lucha contra la economía sumergida mediante las intervenciones presenciales con personal de auditoría informática que analizará y verificará los programas y archivos de los equipos electrónicos de los obligados tributarios.
Igualmente, se mantendrán actuaciones presenciales dirigidas a comprobar la efectividad del cumplimiento de la limitación de pagos en efectivo establecida en la ley antifraude de 2012 (Ley 7/2012) y se verificará in situ la situación censal de obligados tributarios respecto de los que existan indicios de deslocalización, o de simulación de actividad, para ocultar la verdadera actividad o al verdadero titular de las rentas.
Paralelamente, la Agencia Tributaria hará frente a las nuevas formas de fraude que se producen en Internet, tanto mediante la captación y explotación de la información pública disponible en la red que permita descubrir actividades ocultas o bienes objeto de un comercio ilícito, como a través de actuaciones de control sobre aquellos fabricantes o prestadores de servicios que comercialicen sus bienes o servicios a través de Internet para garantizar la adecuada tributación en España de las rentas generadas en esa actividad económica.
La captación de información se realizará a través de una serie de herramientas informáticas que permitirán ordenar y sistematizar la información. Está previsto cruzar la información de más de 200.000 dominios para su posterior incorporación a las bases de datos de la Administración Tributaria. Igualmente, y al objeto de valorar, desde el punto de vista tributario, la relevancia económica de las páginas de comercio electrónico, se procederá a la captación de los indicios de éxito que ofrecen las empresas especializadas en análisis y valoración de páginas web y en redes sociales.
También se utilizará la tecnología de las redes sociales para analizar operaciones comerciales entre agentes económicos, al objeto de identificar patrones de comportamiento que se corresponden con actividades defraudadoras (tramas de IVA, uso de testaferros, etc.),
La investigación de patrimonios ocultos en el extranjero a partir de la información aportada por el modelo 720 de declaración de bienes y derechos en el exterior será un pilar básico para la búsqueda de patrimonios deslocalizados. Ya se encuentran en fase de investigación más de 7.000 contribuyentes sobre los cuales la Agencia Tributaria cuenta con indicios de que, o bien debieron presentar el modelo 720 y no lo hicieron, o bien no declararon su patrimonio exterior correctamente.
Este amplio plan de inspecciones vendrá acompañado de la implantación, en el plazo más corto posible, del intercambio automático de cuentas financieras a través del Estándar Común de Información acordado por España y medio centenar más de jurisdicciones fiscales el pasado mes de octubre.
En el ámbito de la fiscalidad internacional, se prestará atención preferente a contribuyentes con residencia fiscal en España que se sirvan de instrumentos o estructuras híbridas (con distinto trato tributario en otro país), para eludir o minorar el pago de impuestos a la Hacienda española. Este refuerzo del control complementará las nuevas medidas incorporadas en la reforma del Impuesto sobre Sociedades en relación con los híbridos.
También para combatir la planificación fiscal abusiva, y en el contexto de los trabajos desarrollados por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (el proyecto BEPS de la OCDE), se intensificará el control de pagos al exterior y operaciones complejas a los que resulten de aplicación las normas antiabuso, prestando especial atención a las estructuras en las que intervienen «conduit companies» (sociedades interpuestas para obtener los beneficios de un convenio bilateral).
De igual forma, se mantendrán los controles sobre operaciones y localizaciones ficticias de residencia en paraísos fiscales y se reforzarán las actuaciones relativas a la comprobación de actividades económicas desarrolladas en España por no residentes, atendiendo especialmente a las situaciones de tránsito de residencia (actividad esporádica en España).
Por otra parte, continuarán siendo objeto de especial control la utilización improcedente de empresas para reducir la tributación de personas físicas, el análisis de signos externos de riqueza, los emisores de facturas irregulares y las tramas de fraude organizado en el IVA, ámbito donde se potenciará la detección temprana de las organizaciones y la detección de esquemas de adquisición masiva y por precios simbólicos de sociedades sobre las que recaen o van a recaer importantes contingencias fiscales, por parte de personas ilocalizables.
También se intensificarán las actuaciones sobre sectores económicos que, no resultando especialmente afectados por el descenso de actividad derivado de la crisis económica, continúen presentando declaraciones tributarias inconsistentes con indicios que pongan de manifiesto unos niveles de facturación o capacidad económica relevantes.
En el área de Recaudación se reforzará la investigación de los casos de mayor complejidad probatoria en supuestos de derivaciones de responsabilidad de deudas pendientes, al objeto de combatir las operaciones de vaciamiento patrimonial de especial calado. Como complemento a esta actuación y a la utilización de medidas cautelares para afianzar el cobro de las deudas, se reforzarán las investigaciones de movimientos financieros. Igualmente, se agilizará la gestión de las deudas en fase de embargo y de aquellas afectadas por procesos concursales, potenciando, al mismo tiempo, la viabilidad de las empresas por todas las vías legalmente previstas.
En el ámbito penal, se impulsarán las acciones a interponer por presunta comisión de delitos de insolvencia punible, actuaciones que se conjugarán con un incremento en el control de deudores insolventes para la detección de posibles solvencias sobrevenidas y la participación de estos deudores en nuevas sociedades mercantiles.
En materia de control de Aduanas e Impuestos Especiales, seguirán teniendo especial relevancia las actuaciones para la detección del contrabando de tabaco, no solo mediante los controles tradicionales de toda la cadena de fabricación, distribución, logística y comercialización, sino también mediante la detección de nuevas técnicas de producción o introducción en España.
Igualmente, se reforzarán los controles en los recintos aduaneros de viajeros y mercancías procedentes de áreas de menor tributación, mediante la utilización de técnicas de análisis de riesgos, o la utilización de la inspección no intrusiva para la detección de mercancía de contrabando, o incorrectamente declarada, por medio de escáneres de contenedores, de vehículos o de paquetería.