El blog jurídico de Sepín

Plan para el fomento del alquiler

Escrito por Cristina Vega Lordén | 15 de enero de 2013 - 12:34

El Plan Estatal de Fomento del Alquiler de Viviendas, la Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbanas 2013-2016 que está preparando el Ministerio de Fomento plantea ayudas destinadas al fomento del alquiler en función del importe de la renta y de los ingresos percibidos por la unidad familiar.

Debemos tener en cuenta que esta medida está contemplada en el borrador del Plan, por lo que no será efectiva hasta que no sea aprobada y por tanto puede sufrir modificaciones. Desde luego, sería deseable que realmente se mejore el mercado del alquiler tan abandonado en nuestro país.

 ¿Cuáles son los requisitos del solicitante o de la unidad familiar?

 – Tener un contrato de alquiler o la intención de suscribirlo.

 – No tener una casa en propiedad (salvo que no se pueda disponer de ella, por ejemplo, por estar atribuida judicialmente por divorcio o separación).

 – No percibir la Renta Básica de Emancipación, de la que hablamos en otro post.

 – No tener relación de parentesco con el arrendador.

 – No contar con un patrimonio, en conjunto, superior a 50.000 euros.

 ¿Cuál es el nivel de ingresos exigido?

El nivel de renta conjunto deberá ser entre 1,2 y 3 veces el IPREM. Es decir que los ingresos percibidos en total sean entre los 639,01€ y 1.597,53€ al mes.

 ¿Cuál debe ser la renta del alquiler?

Será “proporcionado” a la superficie de la vivienda, sin que pueda superar los 4,5 euros por metro cuadrado de superficie útil al mes. Se ha establecido un límite para la cuantía del alquiler, el cual no podrá superar los 400 euros mensuales.

El plan establece unos coeficientes correctores que podrán aplicar las Comunidades Autónomas, comprendidos entre el 0,70% y 1%, para adaptarse a los distintos niveles de renta de cada territorio.

 ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

El límite de la ayuda será de 2.400 euros anuales por vivienda y se financiará hasta el 50% del importe del alquiler.

¿Durante cuánto tiempo podrá recibirse la ayuda?

El documento que maneja el Ministerio de Fomento refleja que “las ayudas se abonarán mensualmente y se concederán por un plazo de 12 meses, prorrogables por un máximo de otros 24 meses, en sendos plazos de 12 meses, siempre que se mantengan las condiciones relativas a la renta de la unidad familiar”.

 El Ministerio de Fomento ha previsto que el 25% de las concesiones de la ayuda se reserve a familias que estén siendo atendidas por los servicios sociales de las Comunidades Autónomas y de los Ayuntamientos, o por Organizaciones No Gubernamentales o entidades privadas sin ánimo de lucro. Estos, por su menor nivel de renta, no pueden beneficiarse de otras ayudas al alquiler que contempla el Plan.

 También se contemplan subvenciones para los promotores que pongan sus viviendas en alquiler, concediendo un máximo de 18.000€ por vivienda, que no podrá superar el 20% del coste final de la edificación, con independencia de la co-financiación que puedan aportar otras administraciones públicas.

 Parece que la situación actual, en la que no existe oferta competitiva para el alquiler de viviendas, ha hecho al Gobierno plantear necesarias ayudas al alquiler destinadas a las familias más desfavorecidas.