Nuestro legislador esperó hasta el Real decreto 667/2015, de 17 de julio (SP/LEG/18142), por el que se modifica el Reglamento General de Circulación, en lo que se refiere a cinturones de seguridad y sistemas de retención infantil homologados, para incluir una referencia a que todos los dispositivos de retención para niños que se utilicen a bordo de los vehículos deberán estar homologados, de acuerdo con las normas del Reglamento CEPE/ONU 44/03 o de la conocida como i-Size CEPE/ONU 129, en el que se recogen las últimas mejoras técnicas que deben cumplir esos dispositivos, disposición que ya se viene aplicando al haberse incorporado a nuestro ordenamiento a través de la normativa de industria que regula esta materia.
Hasta septiembre del año 2023 era posible conseguir la homologación de los sistemas de retención infantil atendiendo a estas dos normativas diferentes, pero a partir de septiembre del 2023 la norma ECE R129 es la única homologable en los 27 países miembros de la Unión Europea según estableció un nuevo reglamento, el 2022/1398.
¿Cómo se distinguen si las sillas están homologadas por la CEP/ONU 44 o la ECE R 129?
Y aunque visualmente ambas parezcan iguales, la ingeniería utilizada en su fabricación no es la misma, siendo según la Dirección General de Tráfico las principales diferencias que la R129, que se obliga a usarla a contramarcha hasta los 15 meses de edad, que se clasifican por la talla del niño (su altura), y no por su edad o peso; que entre sus pruebas incluye un test de impacto lateral que antes no era obligatorio; que se han utilizado dummies, que cuentan con sensores para medir la fuerza del impacto en diferentes direcciones; que ofrece mayor compatibilidad con los automóviles y que usa preferentemente el sistema de Isofix (aunque hay modelos que se instalan con el cinturón).
Para saber bajo cuál de las dos normativas ha sido fabricada y homologada la silla de retención infantil, hay que leer la etiqueta naranja que viene en esta. Y si aparece la altura del menor para el uso de la silla, es una silla homologada por la i-Size. Pero si lo que marca es el peso del niño, es una sillita homologada por CEPE/ONU 44, que tiene que dejar de comercializarse en septiembre de 2024.
Para saber si ha sido fabricada y homologada por la normativa i-Size , hay que leer la etiqueta naranja que viene en la sillita. Debe contener la mención a la normativa ECE R 129 y a la altura del menor para su uso. Pero si lo que marca es el peso del niño, es una sillita homologada por CEPE/ONU 44, que tiene que dejar de comercializarse en septiembre de 2024.
Esto significa que si se lleva en el automóvil una sillita no adaptada a la R129 ¿hay sanción?
La respuesta es que no, y así lo ha manifestado la Subdirección General de Calidad y Seguridad Industrial del Ministerio de Transportes, que es la autoridad de homologación de estos sistemas de retención infantil en España, que recuerda si ya se han comprado, pueden seguir usándose con total tranquilidad porque son legales y seguras.
El cambio va a venir a partir de septiembre de 2024 el que sólo podrán ponerse a la venta y adquirirse las que cumplen la normativa i-Size.
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