Dña. Marí Juana, propietaria de una vivienda sita en la Comunidad de Madrid, sufrió una inundación causada al rebosar agua con espuma desde su inodoro en junio de 2018, procediendo el agua de la red de saneamiento comunitario. Esta situación comenzó a repetirse con una frecuencia de dos o tres veces por semana, causando daños en el cuarto de baño, daños que se van agravando al ser la situación continuada.
Un año antes, el rebosamiento de agua por el inodoro ocurría en la vivienda inferior, y se solucionó por la Comunidad de Propietarios instalando una válvula antirretorno, pero se trasladó el problema a la vivienda de Dña. Marí Juana, que realizó reclamación a la Comunidad sin que se realizara reparación alguna.
Se encargó un informe pericial, en el que se indicaba que había un defecto en la red de saneamiento que permitía el rebosamiento de agua con espuma a través del inodoro cuando esa bajante era utilizada desde alguna de las viviendas superiores. Se reclamó nuevamente a la Comunidad, y por parte de ésta se contrató una inspección con cámara del sistema de saneamiento para tratar de localizar el origen de la espuma, y se comunicó a Dña. Marí Juana que no se detectó ninguna anomalía en la bajante, que no tiene atasco, ni avería, ni filtraciones y está limpia. No siendo posible instalar otra válvula anti retorno para la vivienda al no disponer de zona horizontal necesaria para su ubicación, siendo toda la bajante vertical excepto el tramo que discurre bajo el primero en el techo del bajo diáfano.
Tras esta nueva negativa Dña. Marí Juana acude a los tribunales, y en primera instancia se concluye que ninguna de las pruebas practicadas acredita cumplidamente ni el origen del rebosamiento de la espuma que ocasionó las humedades, ni la relación de causalidad entre la causa o conducta y el daño producido. No existe la certeza de que el rebosamiento provenga de un defecto o anomalía de la bajante comunitaria, por lo que, si la causa no está clara y hay dudas sobre el origen del daño, desestima la demanda.
Y contra dicha sentencia se presenta recurso de apelación, que se gana, condenando a la Comunidad de Propietarios a realizar las obras que sean necesarias para mantener la estanqueidad de la bajante comunitaria y evitar el rebosamiento de agua a través del inodoro causante de los daños en la vivienda de mi representada. Y también que, una vez reparada la causa del rebosamiento de agua, se realicen las obras necesarias a fin de reponer la vivienda al estado anterior al siniestro.
Este caso fue resuelto por la Audiencia Provincial de Madrid, en su resolución 232/2022, de 23 de mayo (SP/SENT/1157971) incluida en el libro “100 casos ganados por responsabilidad civil por humedades entre vecinos”, en el que de manera práctica se presenta la solución de los tribunales a cuestiones sobre los perjuicios por humedades entre vecinos por ….”mal estado de canalizaciones comunes”, “mal estado de la fachada”, “obras en viviendas”, “culpa del arrendatario”, “responsabilidad del cabeza de familia”, “daños continuados”, “lucro cesante”, etc..”