Ya en el Reglamento (UE) n.° 540/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 16 de abril de 2014, sobre el nivel sonoro de los vehículos de motor y de los sistemas silenciadores de recambio se reconoce que los beneficios para el medio ambiente que se esperan de los vehículos eléctricos híbridos y eléctricos puros se han traducido en una reducción sustancial del ruido emitido por estos.
Pero esa reducción ha eliminado una fuente importante de señales acústicas en las que confían peatones y ciclistas, invidentes o con deficiencias visuales, entre otros usuarios de la carretera, para detectar el acercamiento, la presencia o la salida de esos automóviles.
Como consecuencia de ello, se desarrollan sistemas de aviso acústico de los vehículos (SAAV) para compensar la falta de señales audibles en los eléctricos híbridos y eléctricos puros con el objetivo de mejorar la seguridad de los usuarios vulnerables de la vía pública en las zonas urbanas, como los peatones invidentes o con discapacidad visual o auditiva, los ciclistas y los niños.
Así, ya en el 2014 se estableció que cualquier tipo de coche eléctrico puro o híbrido homologado antes del 1 de julio de 2019 debe llevar dicho sistema, y a partir de julio de 2021 será obligatorio para los nuevos.
En el presente post, se estudia el funcionamiento de este de acuerdo al anexo VIII del Reglamento 540/2014, tras la modificación de mayo de 2019:
¿En qué consiste el Sistema de aviso acústico de vehículos (SAAV)
¿Habrá algún modo de controlarlo por el conductor?
¿Qué tipo y volumen tendrá el sonido?
El derecho al silencio: acciones legales contra el ruido en el ámbito del derecho administrativo