Una de las consecuencias de la introducción del uso de las redes sociales en la cotidianidad de nuestra vida es el aumento de los litigios derivados de su mal uso.
Por tanto, muchos abogados y Jueces se enfrentan a casos donde se enjuicia una eventual lesión al honor, o la comisión de un delito de injurias o de calumnias, por poner un par de ejemplos, cometidos en redes sociales, y se encuentran ante un desconocimiento del funcionamiento de las redes sociales.
En más de una ocasión, he leído sentencias donde, del relato de los hechos, se desprende claramente que el Juez y los abogados desconocen cómo funcionan las redes sociales, lo que podría acarrear errores a la hora de tomar la decisión o de defender de la manera más óptima a los clientes. Una prueba de este desconocimiento puede ser la Sentencia de la AP Madrid, Sec. 14.ª, 339/2015, de 21 de octubre (SP/SENT/835716).
Ese es el motivo de este post; en él describo varios aspectos básicos (y prácticos) del funcionamiento de la red social Twitter, que pueden ayudar a un conocimiento sucinto de esta por quien no la haya utilizado nunca.
He intentado simplificarlo al máximo para que pueda entenderlo cualquiera que no haya utilizado esta red social, aunque recomiendo intentarlo.
Entremos con estos aspectos básicos:
a) Como regla general, un tuit solo pueden verlo los seguidores del usuario que lo publica. Por tanto, lo que yo escribo únicamente lo verán de manera directa mis seguidores y no los seguidores de la persona a la que me dirija. Este punto es muy importante, porque limita la publicidad de dichas publicaciones, aunque siempre se deberá tener en cuenta que, como señalé anteriormente, los tuits son públicos, salvo que el usuario sea privado.
b) Como primera excepción, cuando un tuit comienza con el “nick” de un usuario, solo lo podrá ver ese usuario y los seguidores comunes de quien lo envía y de quien lo recibe. A este tipo de tuits, Twitter los denomina contestaciones o “replys”. Un ejemplo: este tuit, enviado por mí, solo lo pudo leer Sepín y los usuarios que me sigan a mí y a la Editorial:
@SepinEditorial Ya estoy terminando el post de Nuevas Tecnologías de este mes 👌
— Nacho Bertolá (@nachobertola) 1 de marzo de 2016
Por tanto, los mensajes que un usuario envía, en principio, no tienen por qué leerlos los seguidores de a quien menciona. Ese tuit que yo envié a Sepín no lo pudieron leer sus casi 7.000 seguidores, a no ser que nos siguiesen a los dos.
c) Como segunda excepción, un tuit puede ser compartido por los demás usuarios de Twitter, lo que hace que aumente su alcance porque también podrán verlo los seguidores de estos miembros. A la acción de compartir un tuit se la denomina “retuit” o RT.
¿Qué otros aspectos se os ocurren?