Encuesta sobre la violencia contra las mujeres en el ámbito de la Unión Europea

La Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea  ha llevado a cabo la mayor encuesta sobre la violencia contra las mujeres  realizada hasta el momento. Previa formación del personal encuestador, se han formulado preguntas a mujeres de todo el ámbito de la Unión Europea sobre experiencias e incidentes vividos desde la edad de 15 años hasta los 12 meses previos a la entrevista.

El estudio parte de una petición de datos sobre violencia contra las mujeres del Parlamento Europeo, para ser utilizados en la elaboración de políticas y acciones para combatir esta vulneración de los derechos humanos. Porque la violencia contra las mujeres es una vulneración de los derechos fundamentales de la mujer en lo que respecta a la dignidad y a la igualdad.

Sobre esto es importante destacar que la mayoría de las mujeres víctimas de violencia de género no denuncian sus experiencias ni a la policía ni a ninguna organización de apoyo y, por lo tanto, no recurren al sistema judicial ni a otros servicios. Así se entiende esta necesidad de datos directos para poder llevar a cabo políticas que ayuden a combatir esta lacra social.

Se ha entrevistado a más de 42.000 mujeres, 1.500 por país (excepto Luxemburgo donde solo fueron 900), seleccionadas aleatoriamente. La edad de las encuestadas oscilaba entre los 18 y los 74 años en el momento de la entrevista. Los resultados de la encuesta son representativos tanto a escala de la UE como a nivel nacional.

Conclusiones

Así, entre las conclusiones que se han alcanzado destacan las siguientes:

  • El 33 % de las mujeres ha experimentado violencia física y/o sexual desde los 15 años.
  • El 22 % lo ha experimentado por parte de una pareja.
  • El 5 % ha sido violada.
  • El 43 % ha experimentado violencia psicológica.
  • El 33 % ha sufrido violencia física o sexual durante la infancia a manos de un adulto.
  • El 12 % vivió episodios de violencia sexual, siendo la mitad provocados por hombres que no conocían.
  • El 18 % sufrió casos de acecho desde los 15 años. El 21 % de estos casos se prolongó durante mas de dos años.
  • El 11 % de las mujeres ha sido objeto de insinuaciones inapropiadas en las redes sociales o a través de mensajes de teléfonos móviles sexualmente explícitos. El 20 % de las jóvenes ha sido víctima de acoso cibernético.
  • El 55 % ha experimentado algún tipo de acoso sexual. El 32 % por su jefe, un compañero o un cliente.
  • El 67 % no comunicó el caso más grave de violencia por su pareja.

Estos datos hablan de la necesidad de actuar frente a la violencia contra las mujeres por parte de los diferentes agentes sociales, sanitarios, empresarios, relacionados con las nuevas tecnologías, etc.

Marco normativo de la lucha contra la violencia contra las mujeres en la Unión Europea

A escala europea, las medidas para combatir la violencia contra las mujeres actualmente se encuentran recogidas en la Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen Normas Mínimas sobre los Derechos, el Apoyo y la Protección de las Víctimas de Delitos, y por la que se sustituye la Decisión Marco 2001/220/JAI del Consejo  y el Convenio del Consejo de Europa para prevenir y combatir la violencia contra la mujer y la violencia doméstica, Estambul, de 11 de mayo de 2011.

La Directiva establece unas normas mínimas sobre los derechos, la protección y el apoyo a las víctimas de delitos en la UE, con una referencia expresa a las víctimas de violencia de género, de violencia sexual y en las relaciones personales.

El Convenio de Estambul es el primer instrumento regional jurídicamente vinculante en Europa, que aborda de forma exhaustiva las distintas formas de violencia contra la mujer: violencia psicológica, acoso, violencia física y sexual y el hostigamiento sexual.

Propuestas

Entre las propuestas ofrecidas por la Agencia de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea es de remarcar la necesidad de ratificación del citado Convenio de Estambul. Su entrada en vigor está prevista una vez sea ratificado por diez Estados, ocho de los cuales tienen que ser miembros del Consejo de Europa. Hasta la fecha solo ha sido ratificado por cinco Estados, dos de los cuales son miembros del Consejo de Europa. En lo que se refiere a España, la ratificación del repetido Convenio se encuentra en trámite de aprobación por el Pleno del Senado.

Además, la Agencia señala que debe llevarse a cabo la revisión del alcance de las respuestas legislativas y políticas de acoso sexual. Llama la atención sobre la importancia de la formación y los recursos de los agentes sociales especializados en el apoyo a las víctimas (policía, personal sanitario, empresarios, etc); y la necesidad de entender de qué manera afecta el maltrato psicológico a las víctimas para reconocerlo y tomar medidas al respecto.

Subraya también la importancia de adoptar medidas respecto al acoso y acecho cibernético, tanto por la policía como el necesario apoyo por las plataformas de las redes sociales.

Y, por último, la necesidad de que las campañas sean dirigidas tanto a hombres como a mujeres.